jueves, 1 de agosto de 2013

SMV modifica El Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa

El pasado miércoles 24 de julio; la Superintendencia del Mercado de Valores publicó en el Diario Oficial El Peruano; la Resolución N° 016-2013-SMV/01 mediante la cual, se modifica el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, reglamento que a su vez, fue aprobado por la Resolución CONASEV N° 021-99-EF/94.10.

La modificación en comentario, es aplicada sobre los artículos 2° y 34° y la Disposición Complementaria del artículo 27° del Reglamento en mención.

Así pues; el nuevo texto normativo del artículo segundo, agrega el literal ñ), en el que se indica que los inversionistas acreditados son un segmento del público que, no obstante tener un nivel de calificación superior al de los pequeños inversionistas, aún requieren de la protección de la regulación del mercado de valores. Se incluye en este segmento a las personas naturales o jurídicas que cumplen con las condiciones establecidas en el Reglamento de Ofertas Públicas Primarias Dirigidas Exclusivamente a Inversionistas Acreditados.

Asimismo; se agregan tres párrafos al artículo 34° sobre las operaciones de reporte, en el que se menciona que para las operaciones de reporte en las que la sociedad reportante actúe por cuenta de un inversionista acreditado; podrán sujetarse a condiciones particulares respecto a los valores materia de las operaciones. Además; se señala que las operaciones sujetas a dichas condiciones especiales, se denominarán operaciones de reporte extendidas. Por último, en dicho artículo se indica también; que el Directorio de la Bolsa de Valores de Lima determinará las condiciones que serán aplicables a dichas operaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento.

La norma objeto del presente artículo; entró en vigencia el pasado jueves 25 de julio; para mayores alcances sobre el particular; puede acceder al texto normativo en comentario; ingresando al siguiente enlace. 

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