miércoles, 4 de diciembre de 2013

SMV aprueba El Reglamento de Los Mecanismos Centralizados de Negociación Para Valores de Deuda Pública

La Superintendencia del Mercado de Valores aprobó, mediante la Resolución SMV Nº 028-2013-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 26 de noviembre de 2013; el Reglamento de los Mecanismos Centralizados de Negociación para Valores de Deuda Pública e Instrumentos Derivados de éstos.

El Reglamento tiene como finalidad, establecer los requisitos que deben cumplir los organizadores de los mecanismos centralizados de negociación para valores de deuda pública e instrumentos derivados de éstos; para obtener su autorización de organización y funcionamiento, las disposiciones a las que deben sujetarse, así como también; las normas aplicables a las operaciones que realicen o registran.

Asimismo; el Reglamento está dirigido a aquellas Personas Jurídicas que pretendan administrar un Mecanismo de Deuda Pública; para ello, deben obtener la autorización de organización y funcionamiento por parte de la SMV, observando los requisitos y procedimientos descritos también en el Reglamento.

Por otra parte; se regulan aquellas obligaciones que deben observar las empresas administradoras, las cuales tienen por finalidad velar por el correcto funcionamiento de los mecanismos, así como por la integridad, transparencia y eficiencia de los mismos.

La mencionada norma será de aplicación a la negociación y/o registro de valores de deuda pública e instrumentos derivados de ésta, en los mecanismos centralizados de negociación; a excepción de los valores emitidos por el Banco Central de Reserva del Perú.

El mencionado Reglamento entró en vigencia el día 28 de noviembre del presente año. Para mayores alcances al respecto, puede acceder al siguiente enlace.

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