miércoles, 4 de diciembre de 2013
SMV aprueba El Reglamento de Los Mecanismos Centralizados de Negociación Para Valores de Deuda Pública
Publicado el miércoles, diciembre 04, 2013
La Superintendencia del Mercado
de Valores aprobó, mediante la Resolución SMV Nº 028-2013-SMV/01, publicada en
el Diario Oficial El Peruano el pasado 26 de noviembre de 2013; el Reglamento
de los Mecanismos Centralizados de Negociación para Valores de Deuda Pública e
Instrumentos Derivados de éstos.
El Reglamento tiene como finalidad, establecer los requisitos
que deben cumplir los organizadores de los mecanismos centralizados de
negociación para valores de deuda pública e instrumentos derivados de éstos;
para obtener su autorización de organización y funcionamiento, las
disposiciones a las que deben sujetarse, así como también; las normas
aplicables a las operaciones que realicen o registran.
Asimismo;
el Reglamento está dirigido a aquellas Personas Jurídicas que pretendan
administrar un Mecanismo de Deuda Pública; para ello, deben obtener la
autorización de organización y funcionamiento por parte de la SMV, observando
los requisitos y procedimientos descritos también en el Reglamento.
Por
otra parte; se regulan aquellas obligaciones que deben observar las empresas
administradoras, las cuales tienen por finalidad velar por el correcto
funcionamiento de los mecanismos, así como por la integridad, transparencia y
eficiencia de los mismos.
La
mencionada norma será de aplicación a la negociación y/o registro de valores de
deuda pública e instrumentos derivados de ésta, en los mecanismos centralizados
de negociación; a excepción de los valores emitidos por el Banco Central de
Reserva del Perú.
El
mencionado Reglamento entró en vigencia el día 28 de noviembre del presente
año. Para
mayores alcances al respecto, puede
acceder al siguiente enlace.
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