jueves, 27 de junio de 2013

SMV aprueba Reglamento para el reconocimiento de la titularidad sobre acciones y demás derechos en las Sociedades Anónimas Abiertas

El pasado lunes 17 de junio; la Superintendencia del Mercado de Valores-SMV, publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Nº 013-2013-SMV/01, que aprueba el Reglamento para el reconocimiento de la titularidad sobre acciones, dividendos y demás derechos en las Sociedades Anónimas Abiertas; el cual además incluye, los criterios aplicables a dicho reconocimiento de titularidad, dentro los procedimientos de solicitud o reclamación.

Remitiéndonos al texto de la mencionada Resolución se puede apreciar; que ésta busca crear dispositivos eficientes para que los accionistas minoritarios de las Sociedades Anónimas Abiertas puedan acceder a las acciones, dividendos y demás derechos que les corresponden. De igual modo; se busca incentivar a las Sociedades a que cumplan con sus obligaciones de informar y entregar beneficios con el fin de reducir los costos para los potenciales intervinientes y facilitar que utilicen de forma más eficiente sus recursos.

Por otra parte; se aprecia que a través de éste dispositivo se permitirá reconocer como titular del certificado de acciones, así como de los respectivos dividendos y demás derechos que correspondan; a quien figure registrado en la matrícula de acciones en aplicación del artículo 91° de la Ley General de Sociedades.

Asimismo; para el caso en que fallezca el titular que aparece en la matrícula de acciones, la norma indica que se reconocerá como propietario de tales derechos al heredero o herederos inscritos en los Registros Públicos. Además de ello; se reconocerá también la titularidad de las acciones a favor del solicitante o reclamante, cuando éste acredite la existencia de un contrato donde se indique la transferencia de las acciones a su favor. 

Finalmente cabe precisar; que la norma en comentario entró en vigencia a partir del último martes 18 de junio a excepción de los artículos 1°, 3°, 4° y 5°, que entrarán en vigencia el próximo primero de agosto. Para ubicar el texto completo de la norma, le recomendamos ingresar al siguiente enlace.

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